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Nombre: Abogado Manuel Palma

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Está en el sitio desde: 28-06-21
Ciudad: Santiago
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
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Los comentarios del abogado Abogado Manuel Palma

reclusión menor en sus grados mínimo a medio, es decir, de 61 días a 3 años de carcel.

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la hora de colación no se cuenta para sumar el total de horas de trabajo diario permitidos por la ley.

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al exceder el máximo de velocidad permitido en más de 21 km/hr, es una infracción gravísima, multa más suspención de licencia de conducir. El dueño del vehículo debe señalar quién conducía el vehículo al momento de la infracción, si no lo hace se presume que él lo conducía por lo que la infracción es de él. Respecto del dispositivo detector de velocidad, se solicita a carabineros a través de escrito ingresado al juzgado de policía local competente, antes de la audiencia, para que remita certificado de calibración del dispositivo con que se midió la velocidad al mmento de ser fiscalizado.

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Estimado, no soy especialista en el tema de legislación deportiva, sin embargo, puedo señalar a su pregunta, la interpretación a las palabras técnicas de estas disciplinas, en la especie, "eventos" señalados en el inciso primero del artículo 74 de la ley del deporte, se aclara en el segundo inciso en que indica "...a las competencias mencionadas en el inciso primero de este artículo..." lo que expresamente da el significado a "eventos", una competencia deportiva a la que son convocadas determinadas personas, incluyendo no solo al deportista, sino al cuerpo técnico, dirigentes, etc.

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Se debe hacer una querella criminal en contra de la conductora por manejo en estado de ebriedad y daños, además una demanda civil para el

pago de los daños en contra de la conductora y dueño del vehículo.

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reparar con celo el mal causado, es una atenuante para fijar la magnitud de la pena a cumplir en caso de condena y depende del juez aceptarla o no en relación al mal causado, no es una indemnización a la víctima, por lo que la víctima siempre podrá demandar una indemnización civil por los daños efectivamente producidos por el actuar ilícito del condenado, incluso el daño moral, aparte de la sanción penal por el delito.

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no le quita derechos al incapaz o relativamente incapaz sujeto a guarda, sino es para que el guardador proteja los derechos del que tiene a su cargo, epecialmente el patrimonio de este, del cual deberá dar cuenta de lo obrado a través de un juicio de cuentas. Además, la persona menor de edad y mayor de 16 años puede pedir la emansipación a través de juicio civil para administrar lo suyo, incluso casarse.

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Se debe hacer una querella criminal en contra de la conductora por manejo en estado de ebriedad y daños, además una demanda civil para el pago de los daños en contra de la conductora y dueño del vehículo.

Manuel Palma abogado


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solo debe contar como hecho gravado lo que efectivamente ingresa a su patrimonio como precio o parte del precio, así si se paga en cuotas, sus ingresos son las cuotas efectivamente pagadas en el año tributario correspondiente. Además, considerar la diferencia de precio de cuánto le costaron los derechos cedidos y en cuánto los está vendiendo para determinar la utilidad que tuvo.

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debe concurrir a la municipalidad y pedir el subsidio al aseo.

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Los comentarios de los usuarios

La denuncia es por hurto agravado del artículo 447 del Código Penal.

Manuel Palma

abogado


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Hola, puedo hacer una denuncia por hurto por hallazgo si perdí mi computador en un Uber?el conductor me indica que no lo vio

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Me rechazaron solicitud PGU por artículo 10 lectraC). Efectivamente estuve fuera de Chile más de cinco años. Hoy resido en chile y el IPS no aplicó el artículo 14 de la ley y reglamento que dice que si tengo más de 20 años de cotización ese artículo se considera cumplido. Estoy en lo cierto o equivocado de como y cuando se aplica el artículo 14. Reclamé y envié certificado de cotizaciones, 28 años 4 meses y certificado de viajes pdi. Última salida y regreso agosto 2022. Gracias

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Buenas tardes abogado Palma, quería consultar lo siguiente:

somos tres hermanos, herederos con posesión efectiva, mi madre dejo algo de dinero en el banco estado, supera las 5 UTA. Sucede que hay un hermano que no quiere ir al banco y tampoco firmar un poder especial para que otro hermano realicé los trámites correspondientes. Qué podemos hacer para retirar la parte que a mi hermana y a mí nos corresponde. Espero pueda ayudarme. Muchas gracias.

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Buenos días Abog. Palma, comedida y respetuosamente solicitó su valiosa colaboración, orientándome en el siguiente caso. Tengo dos sobrinos colombianos, uno de 32 y otro 22 años, con residencia permanente en Chile, el primero Ingeniero Biomédico y el otro terminando carrera como Politólogo. El mayor vulnera los derechos del menor ejerciendo violencia física y emocional, sin que mi hermana, haga nada al respecto.

Que me recomienda hacer en este caso pues el que está siendo abusado le da pesar que hermano pierda la residencia, pero este abuso lo ha llevado a entrar en depresión y pensar en quitarse la vida.

Agradezco su amable e invaluable colaboración.

Gladys Bermúdez Escobar

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Buenas noches, a la persona que descubrió que su trabajador le estaba robando, hay que despedirlo, pero debe prepararse el despido. Le sugiero que me escriba y lo oriento.

Saludos

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Yo diría que tiene que validar el matrimonio en chile, ya que la sucesión siempre se abre en el pais donde se encuentran los bienes

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Estimado, estoy casado en otro país y compre una casa en Chile y figuro como soltero. Como tengo que hacer para que mi esposa sea beneficiaria en caso de muerte? Gracias.

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Hola, una consulta, tuvimos un empleado que al dia de hoy nos dimos cuenta que estuvo robando desde que ingreso a trabajar....se hacia transferir la paga de nuestros clientes a otra cuenta empresa que no era nuestra., y todo esto salio a la luz porque descubrimos que se estaba robando mercaderia de la tienda. Como deberia proceder ante esto?

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La identidad de los ocupantes se solicita a través de Carabineros del sector. Debe luego accionar en tribunal civil patrocinado por un abogado.


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Para aser un alzamiento y recuperar mi propiedad ya que desconosco quien la estan ocupando puedo noticificar por aviso para lograr el lanzamiento dr sus ocupantes

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saludos y exito

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Buenas tardes. Estimados juristas, ahora sus datos de contactos se coloca automaticamente debajo de cada su comentario. Usted puede indicar su Número de teléfono, WhatsApp y Sitio web en su perfil. Además, en su perfil Usted puede ver un nuevo campo "Etiqueta debajo del comentario" para su texto publicitario. Que tenga un trabajo productivo! Сon respeto, Admin.

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Se debe hacer una querella criminal en contra de la conductora por manejo en estado de ebriedad y daños, además una demanda civil para el pago de los daños en contra de la conductora y dueño del vehículo.

Manuel Palma abogado


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Hola buenas tardes, ayer chocaron mi auto estacionado en la puerta de mi casa, el auto se volcó de medio lado en un condominio pequeño de calles cortas, la mujer que manejaba tenía ,1.80 de alcohol por examen de aire q hizo carabineros, pero su amiga copiloto se hecho la culpa, de que venía manejando, porque ella no venía con alcohol, tenemos grabaciones antes q llegará carabineros, donde la mujer ebria asume q venía manejando, carabineros me indico que la mujer ebria quedó detenida por esa noche por arte. 26 procesal penal., Que fiscalía vería el tema, que ella no asumió q venía manejando y la amiga se siguió hechando la culpa.

Me puede ayudar a saber que debo seguir ahora mi vecino y yo que fuimos afectados con el destrozo de nuestros autos, declaramos en la comiseria anoche, pero vino el amigo de la mujer ebria quien dijo que era abogado y escuchamos como le decía a la otra chica que no había tomado, que se hechara la culpa.

Me puedes decir cómo podemos proceder, no tenía los documentos del auto, fue a las 23:45 horas, fuera del horario toque de queda.

Por favor ayúdame a saber cómo proceder, con esto que encuentro tan injusto, por no saber nada de leyes y no ver ni saber que más debo hacer.

Quedo atenta a tu respuesta, saluda

Jessica López

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Representación en juicios penales, civiles, familia y laboral. Abogado Manuel Palma +56978732483. Consulta gratuita.


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Representación en juicios penales, civiles, familia y laboral.

La última vez era editado: 28-06-21 18:19:15

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