Sustituye texto de la ley n° 4.601, sobre caza, y articulo 609 del codigo civil Chile
Sustituye texto de la ley n° 4.601, sobre caza, y articulo 609 del codigo civil
- TITULO I
Definiciones - Artículo 1. Las disposiciones de esta ley se aplicarán a la caza, captura, crianza,...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley, se entenderá por: a) Fauna silvestre, bravía...
- TITULO II
De la Caza o Captura - Artículo 3. Prohíbese en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de...
- Artículo 4. El Presidente de la República, mediante decreto supremo expedido por...
- Artículo 5. Queda prohibido, en toda época, levantar nidos, destruir madrigueras o...
- Artículo 6. Prohíbese la venta de animales silvestres provenientes de faenas de caza o...
- Artículo 7. Se prohíbe la caza o la captura en reservas de regiones vírgenes, parques...
- TITULO III
De los Permisos de Caza y de Captura - Artículo 8. La caza sólo podrá practicarse previa obtención de un permiso de caza...
- Artículo 9. La caza o captura de animales de las especies protegidas, en el medio...
- TITULO IV
De los Cotos de Caza, de los Centros de Reproducción, de Rehabilitación y de Exhibición, de los Criaderos y de la Tenencia de Animales que indica - Artículo 10. Son cotos de caza los predios especialmente destinados a practicar la caza...
- Artículo 11. Los propietarios del o los inmuebles destinados en todo o parte a operar...
- Artículo 12. Los cotos de caza podrán vender las piezas, productos, subproductos y partes...
- Artículo 13. Son centros de reproducción aquellos planteles destinados a la crianza, sin...
- Artículo 14. Son centros de rehabilitación o de rescate los planteles destinados a la...
- Artículo 15. Son centros de exhibición los planteles que mantengan ejemplares de la fauna...
- Artículo 16. Son criaderos los planteles de reproducción, con fines comerciales no...
- Artículo 17. Los criaderos podrán vender los animales y los productos, subproductos o...
- Artículo 18. Los cotos de caza, criaderos, y los centros de reproducción, de...
- Artículo 19. Los centros de reproducción, de exhibición y de rehabilitación, los...
- Artículo 20. Los cotos de caza, los criaderos, y los centros de reproducción, de...
- Artículo 21. Los dueños de los cotos deberán responder por los daños que causen los...
- Artículo 22. Todo tenedor de animales, vivos o muertos, pertenecientes a especies en...
- TITULO V
Disposiciones Generales - Artículo 23. Los textos didácticos de enseñanza de la educación básica y media aprobados...
- Artículo 24. Las especies o grupos de especies de mamíferos, aves, reptiles y anfibios...
- Artículo 25. La introducción en el territorio nacional de ejemplares vivos de especies...
- Artículo 26. El reglamento de esta ley contendrá, a lo menos, las siguientes materias:...
- Artículo 27. Para cambiar la calificación de una especie cuya caza o captura esté...
- Artículo 28. Corresponderá al Servicio Agrícola y Ganadero fiscalizar el cumplimiento de...
- TITULO VI
De las Sanciones, de la Competencia y del Procedimiento - Artículo 29. Se sancionará con multa de una a veinticinco unidades tributarias mensuales,...
- Artículo 30. Se sancionará con prisión en su grado medio a máximo, con multa de tres a...
- Artículo 31. Se sancionará con presidio menor en sus grados mínimo a medio, con multa de...
- Artículo 32. En caso de reincidencia, se podrá elevar al duplo las multas establecidas en...
- Artículo 33. El juez, a petición del ofensor y una vez ejecutoriada la sentencia, podrá...
- Artículo 34. Los plazos de suspensión e inhabilitación del permiso de caza y de retención...
- Artículo 35. Caerán siempre en comiso los animales, piezas, partes, productos o...
- Artículo 36. Las armas, con excepción de las de fuego, los instrumentos de caza y los...
- Artículo 37. La investigación y conocimiento de los delitos a que se refieren los...
- Artículo 38. No se adquirirá el dominio por ocupación de los especímenes de la fauna...
- TITULO VII
Del Control de Caza - Artículo 39. Las funciones de control de caza serán ejercidas por Carabineros de Chile,...
- Artículo 40. Los miembros de las asociaciones de criadores de especies de fauna...
- Artículo 41. Facúltase al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero para nombrar...
- Artículo 42. Para ser designado inspector ad honorem deberá acreditarse el cumplimiento...
- Artículo 43. Los inspectores ad honorem tendrán, en el desempeño de sus cargos, las...
- Artículo 44. Las causales de expiración del nombramiento de los inspectores ad honorem...
- Artículo 45. Concédese acción pública para denunciar infracciones a la presente ley y su...
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Hola buenas tardes estoy enviando oficio para reconsideración de multa a mi juicio anulación pero no se si existe eso, mi consulta cual es la causal que se pone ? porque entiendo n503 es reclamación judicial y esto se lleva a tribunales o me equivoco? será 511 y 512 ? agradezco respuesta
Hola para un contrato tránsitorio 183 Ñ letra C desde junio a noviembre , Luego por un mes (Diciembre) cambio a letra E.
Es legal ?? cuánto tiempo puedes trabajar bajo está modalidad?
Atte
Jack.
Se llama alimentario. Las deudas de pensión de alimentos prescriben en 5 años desde que se hicieron exigibles. Con la sentencia que declara el cese de la pensión, simplemente dejarán de devengarse las pensiones periódicas, pero las ya devengadas con anterioridad subsisten por el plazo señalado.
Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión
Artículo incompleto, saludos
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