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Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización Artículo 7 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización
Artículo 7.

Corresponderá al Presidente de la República, cada seis años, por decreto supremo dictado por intermedio del Ministerio de Educación, previo informe del Consejo Nacional de Educación, establecer los estándares de aprendizaje, indicativos de desempeño y los otros indicadores de calidad educativa a que se refiere el artículo 3º, letra a).

Los estándares de aprendizaje, indicativos de desempeño y los otros indicadores de calidad educativa se entenderán renovados, por el solo ministerio de la ley, por igual período de tiempo, en caso de que transcurrido el plazo a que se refiere el inciso anterior no se haya dictado el decreto respectivo.

Con todo, si durante este período se modifican las bases curriculares, los estándares de aprendizaje deberán adecuarse a dichas modificaciones, aun cuando no hubieren transcurrido los seis años.

Los nuevos estándares de aprendizaje que se fijen tendrán igualmente una duración de seis años, sin perjuicio de lo previsto en el inciso anterior.



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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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