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Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura Artículo 2 QUINQUIES Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-06-2025

Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura
Artículo 2 QUINQUIES.

Si no se efectuare el pago dentro de los plazos dispuestos en las respectivas bases de licitación o en el contrato, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo anterior, se generarán las responsabilidades administrativas de los funcionarios que pudieran corresponder, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 2º bis y 2º ter.

Las sanciones administrativas previstas en este artículo serán aplicadas por la autoridad competente, previa instrucción de una investigación sumaria o sumario administrativo, ajustándose a las normas pertinentes. Con todo, la Contraloría General de la República, de acuerdo a las normas de su ley orgánica, podrá incoar el sumario y establecer las sanciones que correspondan.



Chile Art. 2 QUINQUIES Regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura
Artículo 1 ...2 TER 2 QUÁTER 2 QUINQUIES 3 4 ...11

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