Regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior Chile
Regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior
- Artículo 1°. El objetivo de la presente ley es promover políticas integrales orientadas a...
- Artículo 2°. El acoso sexual es contrario a la dignidad de las personas, su libertad,...
- Artículo 3°. Las instituciones de educación superior señaladas en el artículo 1° deberán...
- Artículo 4°. Las instituciones de educación superior deberán implementar mecanismos que...
- Artículo 5°. El modelo de prevención incorporará, al menos, las siguientes medidas: a)...
- Artículo 6°. El modelo de investigación y sanción del acoso sexual, la violencia y la...
- Artículo 7°. Las instituciones educacionales señaladas en esta ley que no adopten una...
- Artículo 8°. Tratándose de las universidades del Estado, las normas de la presente ley se...
- Artículo 9°. Las obligaciones, prohibiciones y sanciones internas señaladas en los...
- Artículo 10°. La Superintendencia de Educación Superior será competente para sancionar el...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Publique la información de sí mismo
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