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Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento Artículo 34 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos
Artículo 34.

Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 21.218, que crea un subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado:

1. Elimínase el inciso tercero del artículo 2.

2. Elimínase el inciso segundo del artículo 3.

3. Intercálase en el inciso primero del artículo 4, entre la frase "contrato de trabajo" y el punto y aparte, la frase "debiendo solicitarlo en la plataforma que se disponga para ello".

4. En el inciso segundo del artículo 9:

a) Elimínase la palabra "mensualmente".

b) Reemplázase la frase "a través de la información declarada por dicho empleador, la que podrá ser contrastada con los datos señalados en los incisos tercero y quinto del artículo 7", por lo siguiente: ". Del mismo modo, el trabajador podrá solicitar el beneficio para sí mismo, debiendo entregar la información en la plataforma que se habilitará para ello".

c) Elimínase el inciso tercero.



Chile Art. 34 Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento
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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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