Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público Artículo 7 Chile
Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público
Artículo 7.
El Convenio de Desempeño Institucional a que se refiere el artículo anterior deberá contener, respecto de cada meta que se fije, un indicador o instrumento de similar naturaleza, que permita medir objetivamente su grado de cumplimiento.
Las metas deberán ser priorizadas por el Fiscal Nacional de acuerdo con su importancia para el logro de las áreas prioritarias definidas. Para estos efectos, se clasificarán en Metas de Alta Prioridad, Metas de Mediana Prioridad y Metas de Menor Prioridad.
Cada meta de Alta Prioridad, no podrá tener una ponderación inferior a una de Mediana Prioridad y, a su vez, cada meta de Mediana Prioridad, no podrá tener una ponderación inferior a una meta de Menor Prioridad.
El Ministerio Público deberá presentar, para cada año, al menos una meta para cada una de las prioridades establecidas, sin que la de menor prioridad pueda tener una ponderación inferior a un 5 por ciento.
Chile Art. 7 Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ministerio público
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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.
Plazo de caducidad o prescripción? juegue
puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?
Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
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