Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales Artículo 6 Chile
Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales
Artículo 6.
Las trabajadoras y los trabajadores de las instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores o su continuador legal, que reciban los recursos establecidos en el artículo 30 de la ley N° 20.032 y de las Corporaciones de Asistencia Judicial, tendrán derecho, de cargo fiscal, al aguinaldo que concede el artículo 2, en los mismos términos que determina dicha disposición.
Los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos, y de Desarrollo Social y Familia, según corresponda, fijarán internamente los procedimientos de entrega de los recursos a las referidas instituciones y de resguardo de su aplicación al pago del beneficio a que se refiere este artículo.
Dichos recursos se transferirán a través del Servicio Nacional de Menores, de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, según corresponda.
Chile Art. 6 Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales
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jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite
quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
Que página más buena.
Frente playero el resto que la chupe
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