Otorga asistencia medica y dental a los imponentes activos y jubilados de los organismos que señala Chile
Otorga asistencia medica y dental a los imponentes activos y jubilados de los organismos que señala
- Artículo 1. Se otorgará asistencia médica y dental en la forma y condiciones que...
- Artículo 2. Sin perjuicio de sus demás funciones propias, corresponderá al Servicio...
- Artículo 3. Con cargo al Fondo de Asistencia Médica se otorgarán los siguientes...
- Artículo 4. Por decreto supremo del Ministerio de Salud, firmado con la fórmula "Por...
- Artículo 5. Los beneficiarios tendrán derecho a que el Servicio Médico Nacional de...
- Artículo 6. Las prestaciones a que se refiere la presente ley se otorgarán por el...
- Artículo 8. Los profesionales que se incorporen al sistema de "libre elección" deberán...
- Artículo 9. Para prestar los beneficios que establece la presente ley, el Servicio...
- Artículo 10. El Servicio Médico Nacional de Empleados pagará directamente a las...
- Artículo 11. Facúltase al Servicio Médico Nacional de Empleados para convenir con...
- Artículo 12. Los aportes a que se refieren las letras a) y c) del artículo 14 °...
- Artículo 13. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley 286,...
- Artículo 14. Para los efectos de la concesión de los beneficios a que refiere el artículo...
- Artículo 15. El Servicio Médico Nacional de Empleados podrá destinar anualmente hasta un...
- Artículo 16. Autorízase al Servicio Médico Nacional de Empleados para girar, con...
- Artículo 17. El Servicio Médico Nacional de Empleados, con cargo a los recursos que le...
- Artículo 17 BIS. El Servicio Médico Nacional de Empleados podrá convenir con empresas que...
- Artículo 18. Del total de los ingresos consultados en el artículo 14 , se destinará un...
- Artículo 19. Créase en el Ministerio de Salud Pública el Consejo Nacional Consultivo de...
- Artículo 20. El Consejo Nacional Consultivo de Salud estará integrado por: a) El...
- Artículo 21. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo N° 764, de...
- Artículo 22. Para los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 ,...
- Artículo 23. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1° transitorio de la presente...
- Artículo 24. Exímense del pago de toda clase de impuestos fiscales y municipales las...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
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