Otorga a los funcionarios municipales que indica una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional Chile
Otorga a los funcionarios municipales que indica una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional
- Artículo 1. Establécese una bonificación por retiro voluntario, con las condiciones que...
- Artículo 2. Podrán acceder a la bonificación establecida en el artículo anterior hasta...
- Artículo 3. El personal municipal señalado en el inciso primero del artículo 1º que...
- Artículo 4. El personal que cumpliendo los requisitos que establece esta ley no postule...
- Artículo 5. La bonificación por retiro voluntario será el equivalente a un mes de...
- Artículo 6. El pago de las bonificaciones procederá inmediatamente después del cese de...
- Artículo 7. Los funcionarios municipales, a quienes se conceda la bonificación a que se...
- Artículo 8. Tanto la bonificación a que se refiere el artículo 1º de la presente ley...
- Artículo 9. Los funcionarios que cesen en sus empleos por aplicación de lo dispuesto en...
- Artículo 10. El mayor gasto que represente la aplicación del artículo 1º de esta ley será...
- Artículo 11. La bonificación adicional contemplada en el artículo 7º de la presente ley...
- Artículo 12. Las municipalidades que se encuentren excedidas en la restricción del gasto...
- Artículo 13. El personal que postule durante los años 2012, 2013 y 2014 a la bonificación...
- Artículo 14. Los funcionarios y funcionarias que al 31 de diciembre de 2010 ya hubiesen...
- Artículo 15. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el...
Otras regulaciones
Legisla sobre monumentos nacionales; modifica las leyes 16.617 y 16.719; deroga el decreto ley 651, de 17 de octubre de 1925 Crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica Prorroga el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el covid-19 Establece como feriado regional en la región de antofagasta, el día 8 de septiembre de 2014, con motivo de la fiesta religiosa de nuestra señora guadalupe de ayquina Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, a la ciudadana venezolana señora virginia jacqueline Jiménez FernándezMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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