Ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques Chile
Ley sobre cuentas corrientes bancarias y cheques
- I.- Del contrato de cuenta corriente
- Artículo 1. La cuenta corriente bancaria es un contrato a virtud del cual un Banco se...
- Artículo 2. El Banco acreditará a su comitente el dinero que éste o un tercero entreguen...
- Artículo 3. El Banco podrá permitir que su comitente gire en exceso del monto del...
- Artículo 4. El cliente deberá efectuar el reconocimiento de los saldos de cuentas que el...
- Artículo 5. El derecho de hacer determinar judicialmente los saldos semestrales,...
- Artículo 6. El 30 de Junio y el 31 de Diciembre de cada año, el Banco podrá cerrar las...
- Artículo 7. Sea que la cuenta corriente concluya en la forma ordinaria o en la que...
- Artículo 8. Los Bancos podrán cobrar comisión y abonar intereses en las cuentas...
- Artículo 9. Las disposiciones de los artículos 611, 612, 613, 614, 615 y 617 del Código...
- II.- Del Cheque.
- Artículo 10. El cheque es una orden escrita y girada contra un Banco para que éste pague,...
- Artículo 11. El cheque puede ser girado en pago de obligaciones o en comisión de...
- Artículo 12. Se presume que el tenedor de un cheque girado en simple comisión de...
- Artículo 13. Ya se gire a la orden, al portador o como nominativo, el cheque deberá...
- Artículo 14. El cheque nominativo sólo podrá ser endosado a un Banco en comisión de...
- Artículo 15. El cheque será girado en formularios numerados que suministrará...
- Artículo 16. En caso de falsificación de un cheque el librado es responsable: 1°.- Si...
- Artículo 17. El librador es responsable si su firma es falsificada en cheque de su propia...
- Artículo 18. En general, la pérdida del dinero pagado en razón de un cheque falsificado,...
- Artículo 19. La conformidad entre las anotaciones de los cuadernos de cheques, las...
- Artículo 20. El cotejo de las anotaciones de los cuadernos de cheques producirá plena...
- Artículo 21. El librador deberá conservar los cuadernos de los cheques girados hasta seis...
- Artículo 22. El librador deberá tener de antemano fondos o créditos disponibles...
- Artículo 23. El portador de un cheque deberá presentarlo al cobro dentro del plazo de...
- Artículo 24. El librado no está obligado a pagar los cheques que se le presenten fuera de...
- Artículo 25. El cheque aceptado por el librado no podrá ser devuelto al interesado.
- Artículo 26. Si el librador avisare por escrito o por cualquier otro medio fidedigno...
- Artículo 27. La persona a quien se pagare el cheque lo cancelará aunque estuviere...
- Artículo 28. Se prohíbe expedir duplicado de cheques a menos que sean librados para ser...
- Artículo 29. En caso de pérdida, hurto o robo de un cheque, el portador practicará las...
- Artículo 30. El cheque cruzado en su anverso por dos líneas paralelas y transversales no...
- Artículo 31. El cheque puede ser cruzado generalmente o especialmente. Es cruzado en...
- Artículo 32. El librado que paga un cheque cruzado en general a persona que no sea un...
- Artículo 33. Los cheques sólo podrán protestarse por falta de pago. El protesto se...
- Artículo 34. La acción ejecutiva contra los obligados al pago de un cheque protestado y...
- Artículo 35. La transferencia del cheque "al portador", no impone responsabilidad al...
- Artículo 36. El cheque en comisión de cobranza caduca por la muerte del tenedor o del...
- Artículo 37. El cheque girado en pago de obligaciones, no produce la novación de éstas...
- Artículo 38. En las ciudades donde el Banco Central de Chile no tenga oficinas, los...
- Artículo 39. El cheque podrá ser devuelto al Banco que lo dio en canje, aun cuando haya...
- Artículo 40. El cheque viajero es un documento endosable e individualizado como tal y en...
- Artículo 41. La notificación del protesto podrá hacerse personalmente o en la forma...
- Artículo 42. Los delitos previstos y sancionados en el artículo 22 que deriven del giro...
- Artículo 43. Cualquiera persona que en la gestión de notificación de un protesto de...
- Artículo 44. En los procesos criminales por los delitos contemplados en los artículos 22...
- III.- De las cuentas corrientes y cheques en moneda extranjera.
- Artículo 45. Serán aplicables a las cuentas corrientes bancarias y cheques en moneda...
- Artículo 46. El Banco librado podrá, a su elección, pagar los cheques en efectivo, en...
- Artículo 47. La consignación a que se refiere el inciso 6° del artículo 22 de esta...
- Artículo 48. El portador de un cheque en moneda extranjera deberá presentarlo al cobro...
- Artículo 49. Para determinar el monto de la caución establecida en el artículo 44 de...
- Artículo 50. En las gestiones judiciales originadas por cheques en moneda extranjera, las...
Otras regulaciones
Establece seguro obligatorio de accidentes personales causados por circulacion de vehiculos motorizados Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la administracion del estado Ley sobre sociedades anonimas Ley organica constitucional de municipalidades Ley general de telecomunicacionesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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