Ley organica de la empresa nacional de aeronautica de chile Chile
Ley organica de la empresa nacional de aeronautica de chile
- TITULO I
Naturaleza y Objeto - Artículo 1. Autorízase al Estado para realizar y participar en actividades empresariales...
- Artículo 2. ENAER, se relacionará con el Supremo Gobierno, a través del Ministerio de...
- Artículo 3. El objeto de la Empresa será diseñar, construir, fabricar, comercializar,...
- TITULO II
Organización y Atribuciones - Artículo 4. La Dirección superior de la Empresa corresponderá a un Directorio integrado...
- Artículo 5. El quórum para las sesiones del Directorio será la mayoría absoluta de sus...
- Artículo 6. Corresponderán al Directorio de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile,...
- Artículo 7. El Director Ejecutivo será un Oficial General de la Fuerza Aérea, en...
- Artículo 10. El Director Ejecutivo, como representante legal, tendrá las facultades para...
- Artículo 11. EL Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, a solicitud del...
- Artículo 12. ENAER podrá contratar personal civil, debiendo pagar sus remuneraciones y...
- Artículo 13. ENAER podrá contratar personas naturales o jurídicas extranjeras para...
- TITULO III
Patrimonios y Recursos - Artículo 14. El patrimonio y los recursos de ENAER estarán formados por: a) Los bienes...
- Artículo 15. La Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile estará sujeta a la fiscalización...
- TITULO IV
Disposiciones Generales - Artículo 16. Las ventas que la Empresa efectúe y los servicios que preste al Ministerio...
- Artículo 17. Para solicitar los servicios de ENAER, las Instituciones de la Defensa...
- Artículo 18. Para todos los efectos legales, los terrenos e instalaciones fabriles y de...
- Artículo 19. En caso de disolución de ENAER, todos los bienes muebles e inmuebles que...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Publique la información de sí mismo
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