Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas Artículo 14 Chile
Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas
Artículo 14.
La selección de los postulantes a alumnos de las Escuelas Matrices de las Fuerzas Armadas corresponderá a dichos planteles. Los postulantes a los escalafones de los Servicios Profesionales, incluidos los del Servicio Religioso, los Empleados Civiles y el personal a contrata, serán seleccionados por la Dirección del Personal o Comando del Personal, en su caso.
Chile Art. 14 Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas
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Mañana entra Kast, y todo indica, que será el mejor presidente, después del Capitán General, Comandante en Jefe del Ejercito jamás vencido, siempre vencedor, Lonco, Presidente de la Junta Nacional de Gobierno entre los años 73 y 81, Presidente Constitucional de la República de Chile, S.E, don Augusto José Ramón PInochet Ugarte.
profesor mi compañero me esta tocándome
La exclusión de la obligatoriedad de los vehículos pesados (como buses en todas sus modalidades), y la excepción de los taxis (en sus distintas modalidades), responde a consideraciones de orden práctico y de seguridad vial que tuvo en cuenta el legislador.
En efecto, la alta rotación y diversidad de usuarios en este tipo de servicios hace materialmente difícil que los vehículos dispongan de Sistemas de Retención Infantil (SRI) que resulten adecuados a la edad, peso y estatura de cada menor.
Desde el punto de vista técnico, la seguridad que proporciona un SRI depende de su correcta selección y ajuste. Según la evidencia especializada en siniestralidad vial indica que un sistema que no se adapte a las características del menor, o que sea utilizado de manera incorrecta, puede reducir significativamente su eficacia e incluso resultar contraproducente en términos de seguridad pasiva.
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La expresión “valores” no debe entenderse en un sentido estrictamente restringido a dinero en efectivo, sino en un sentido patrimonial amplio, aunque funcionalmente vinculado a prestaciones susceptibles de generar intereses.
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