Ley de servicios de gas Artículo 40 Q Chile
Ley de servicios de gas
Artículo 40 Q.
Junto con el informe técnico definitivo señalado en el artículo anterior, la Comisión propondrá al Ministerio las fórmulas tarifarias para el siguiente período tarifario.
Las fórmulas tarifarias asociadas al VAD podrán incorporar el costo de uno o más servicios afines contenido en el informe técnico definitivo señalado en el artículo anterior.
En el caso que se haya definido un plan de expansión eficiente en redes de distribución para la respectiva empresa concesionaria, éste deberá estar contenido en el respectivo decreto tarifario. Las respectivas fórmulas tarifarias deberán incorporar en las tarifas las componentes del valor del VAD asignable a las obras consideradas en el plan de expansión, una vez que éstas hayan entrado en operación.
En caso que la empresa concesionaria no ejecute las obras contenidas en el plan de expansión, sino otras de características similares y dispuestas para el mismo fin, la Comisión podrá aprobar la incorporación en las tarifas de las componentes del VAD asignables a las obras consideradas en el plan de expansión, una vez que éstas hayan entrado en operación.
Para tales efectos, la Superintendencia estará encargada de constatar la entrada en operación de las referidas instalaciones.
Chile Art. 40 Q Ley de servicios de gas
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Publique la información de sí mismo
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