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Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021 Artículo 28 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021
Artículo 28.

Toda información que, de acuerdo con lo establecido en los artículos de esta ley y en las respectivas glosas, deba ser remitida por cualquier órgano de la Administración del Estado, y principalmente, por parte de los ministerios y la Dirección de Presupuestos, a las diversas instancias del Congreso Nacional, se proporcionará sólo en formato digital y procesable por software de análisis de datos, es decir, en planillas de cálculos o archivos de texto plano.

La misma obligación regirá para los datos abiertos y fuentes de información sobre los cuales la Dirección de Presupuestos realiza las estimaciones contenidas en los informes financieros que deben acompañar los mensajes del Presidente de la República. Así, junto a los antecedentes que expliquen los gastos que pudiere importar la aplicación de las normas del respectivo proyecto de ley, la fuente de los recursos que la iniciativa demande, la disponibilidad presupuestaria correspondiente y la estimación de su posible monto, la Dirección de Presupuestos deberá incluir dichos datos abiertos y fuentes de información en un formato adecuado que permita su debido procesamiento y análisis, debiendo quedar esta información a disposición, digitalmente, en el sitio electrónico de la Dirección de Presupuestos.

El incumplimiento de cualquiera de los deberes de información contenidos en esta ley dará lugar al procedimiento y las sanciones que establece el artículo 10 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional.

Para dicho efecto, y a solicitud de cualquier diputado o senador, el Presidente de la Cámara de Diputados o del Senado remitirá los antecedentes a la Contraloría General de la República. De dicha acción deberá darse cuenta en la respectiva sesión.



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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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