Imprimir

Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera Artículo 15 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-12-2024

Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera
Artículo 15.

Corresponde a los Resolutores y Profesionales Expertos:

1º. Asesorar al Juez Tributario y Aduanero en el ejercicio de su ministerio;

2º. Actuar como ministros de fe en la recepción de la prueba testimonial y en las audiencias de absolución de posiciones y designación de peritos, y

3º. Ejercer las demás tareas que le sean asignadas por el Juez Tributario y Aduanero.



Chile Art. 15 Fortalece y perfecciona la jurisdicción tributaria y aduanera
Artículo 1 ...13 14 15 16 17 ...25

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola para un contrato tránsitorio 183 Ñ letra C desde junio a noviembre , Luego por un mes (Diciembre) cambio a letra E.

Es legal ?? cuánto tiempo puedes trabajar bajo está modalidad?

Atte

Jack.


Se llama alimentario. Las deudas de pensión de alimentos prescriben en 5 años desde que se hicieron exigibles. Con la sentencia que declara el cese de la pensión, simplemente dejarán de devengarse las pensiones periódicas, pero las ya devengadas con anterioridad subsisten por el plazo señalado.


Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión



Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse