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Fija nuevo estatuto de capacitacion y empleo Artículo 88 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Fija nuevo estatuto de capacitacion y empleo
Artículo 88.

Sustitúyense, a contar del día 1º de abril de 1995, las Plantas de Personal del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, adecuadas por el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por las siguientes:

Grado E.U.S. Nº de cargos

Director Nacional 2

Planta Directivos

Jefe Departamento 4 Director Regional 5 Director Regional 6 Jefe de Subdepartamento 7 Jefe de Subdepartamento 8 Directivo 10 Directivo 11 Directivo 12

Subtotal

PLANTA DE PROFESIONALES

Profesional 4 Profesional 5 Profesional 6 Profesional 7 Profesional 8 Profesional 9 Profesional 10 Profesional 12 Profesional 13 Profesional 16

Subtotal

PLANTA DE TECNICOS

Técnico 9 3 Técnico 10 3 Técnico 11 2 Técnico 12 4 Técnico 13 2 Técnico 14 2 Técnico 16 2 Técnico 22 1

Subtotal

PLANTA DE ADMINISTRATIVOS

Administrativo 12 Administrativo 13 Administrativo 14 Administrativo 15 Administrativo 16 Administrativo 17 Administrativo 18 Administrativo 19 Administrativo 20 Administrativo 21 Administrativo 23 Administrativo 25

Subtotal

PLANTA DE AUXILIARES

Auxiliar 19 Auxiliar 20 Auxiliar 22 Auxiliar 24 Auxiliar 26

Subtotal

Total General 115



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Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.


Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


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