Fija nuevo estatuto de capacitacion y empleo Artículo 31 Chile
Fija nuevo estatuto de capacitacion y empleo
Artículo 31.
Las empresas podrán efectuar directamente acciones de capacitación respecto de sus trabajadores. Las acciones de capacitación podrán realizarse en la empresa misma o fuera de ella.
Chile Art. 31 Fija nuevo estatuto de capacitacion y empleo
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Buenos días. Corregido, gracias por su atención.
el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."
10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa
10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio
10/10 se lo cite a una mina , no me ha contestado hace 3 meses , tengo que hablar con el legislador para que interprete su señal
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