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Establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educacion superior Artículo 56 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-10-2024

Establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educacion superior
Artículo 56.

El mayor gasto que irrogue la aplicación del Capítulo II de la presente ley, será financiado con cargo a los dineros recaudados por la aplicación de los aranceles a que se refiere el artículo 14, aquellos ingresos que reporten otras actividades que la Comisión desarrolle y los recursos que se consulten anualmente en la Ley de Presupuestos.



Chile Art. 56 Establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educacion superior
Artículo 1 ...51 55 56

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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa


VALE SEX vosotros sabéis


Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.


Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.


Es formal o sustantivo?


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