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Establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media en los casos que indica Artículo 4 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24-03-2024

Establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media en los casos que indica
Artículo 4.

Establécese para las personas que cumplan los requisitos del artículo 2, por una sola vez, un aporte con cargo a recursos fiscales sin la obligación de reintegrarlo, denominado el "Aporte Fiscal", que se podrá solicitar dentro del primer mes de vigencia de esta ley, conforme a lo establecido en este artículo. Para tales efectos, se aplicarán las siguientes reglas:

1) Forma en que se determina el Aporte Fiscal.

El Aporte Fiscal se determinará aplicando una Escala de Aporte Fiscal, según el promedio mensual conforme al Nº 1) del artículo 2 de esta ley.

La Escala de Aporte Fiscal será la siguiente:

a) Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad igual o mayor a $400.000 y hasta $1.500.000, el Aporte Fiscal será de $500.000.

b) Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.500.000 y hasta $1.600.000, el Aporte Fiscal será de $400.000.

c) Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.600.000 y hasta $1.700.000, el Aporte Fiscal será de $300.000.

d) Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.700.000 y hasta $1.800.000, el Aporte Fiscal será de $200.000.

e) Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad sobre $1.800.000 y hasta $2.000.000, el Aporte Fiscal será de $100.000.

f) Para beneficiarios cuyo promedio mensual sea una cantidad que exceda de $2.000.000, no tendrán derecho al Aporte Fiscal.

2) Solicitud y compatibilidad con el beneficio que contempla el artículo 5.

La solicitud del Aporte Fiscal se realizará en la forma que contempla el artículo 6.

3) Otras normas.

En caso que un beneficiario o causante del Ingreso Familiar de Emergencia conforme a lo establecido en la ley Nº 21.230 solicite el Aporte Fiscal, el monto total del Ingreso Familiar de Emergencia que le corresponda recibir a su hogar, considerando tanto lo que ya recibió como lo que recibirá hasta el 31 de agosto de 2020, se computará como parte del monto del Aporte Fiscal para efecto de su cálculo. En consecuencia, de la cantidad del Aporte Fiscal que otorga la presente ley se deberá descontar el referido monto total del Ingreso Familiar de Emergencia. Lo anterior no regirá para los hogares beneficiarios del artículo 5 de dicha ley.

Para estos efectos, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia remitirá al Servicio de Impuestos Internos una nómina de los hogares que reciban el Ingreso Familiar de Emergencia, con individualización del beneficiario, causantes y monto entregado a cada hogar, en la forma y plazo que el Servicio de Impuestos Internos determine mediante una resolución.

Serán aplicables al Aporte Fiscal todas las normas de esta ley, en especial aquellas para su solicitud y verificación, que sean compatibles con su naturaleza.



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Los nuevos comentarios en el sitio web

Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


Si usted es la víctima en causa por VIF y no se presenta a la audiencia preparatoria del juicio hay que distinguir si la causa es penal o en juzgados de familia. Si es en juzgados de familia, la ausencia de la denunciante podrá el tribunal archivar la causa, sin embargo, dependiendo de la gravedad de los hechos denunciados el tribunal decretará medios de prueba de oficio y se continuará con el proceso hasta dictar sentencia, sea condenatoria o absolutoria. Si la causa es penal, la ausencia de la víctima a la audiencia preparatoria no tiene mucha tracendencia, toda vez que es el momento de la víctima haga uso de su derecho a ser oida y el proceso continuará hasta dictar sentencia, sea condenatoria o absolutoria. Pero, en el caso penal, si la víctima no solo no se presenta a esa audiencia, sino que no participará más en el juicio, el Ministerio Público carecerá del medio de prueba más importante para lograr una condena, esto no quiere decir que no podrá probar la acusación, sino que se le hará mucho más difícil.


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La celebración de matrimonio por mandato es lícito en Chile. Se debe cumplir con las exigencias legales establecidas en el Código Civil y en la ley del Registro Civil. Incluso se puede celebrar matrimonio con mandato de ambos cónyuges, más aún, estando ambos fuera del país.


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la ley de tránsito al señala:

Artículo 156.- Carabineros de Chile e InspectoresFiscales o Municipales podrán retirar los vehículos

abandonados o que se encuentren estacionados sin su

conductor, contraviniendo las disposiciones de esta ley,

enviándolos a los locales que, para tal efecto, debe

habilitar y mantener la Municipalidad.

Esto se interpretaría que se entiende abandonado el vehículo estacionado en infracción de tránsito, es decir, estacionado en lugar prohíbido como la platabanda, costado izquierdo de la calzada, sobre la acera, sobre paso peatonal, a menos de 200 metro de túnel, gradiente, etc.

Así, se puede eliminar el peligro de accidente que significa ese vehículo mal estacionado, finalidad de la señal o demarcación de tránsito, en este caso restrictiva o prohibitiva.

Así las cosas, si el vehículo está estacionado en lugar que lo habilita para ello, podrá pasar años ahí, sin infringir la norma de tránsito, sin perjuicio que se pudieran aplicar otras normas jurídicas para el retiro del vehículo, por ejemplo que se ha vuelto un foco de insalubridad.

Por tanto, el criterio para el retiro del vehículo por abandono es claro; estar estacionado en lugar prohibido y generalmente los inspectores municipales dejan carteles de aviso de retiro con plazos expresos, dando la posibilidad al dueño o poseedor del vehículo lo retire del lugar.


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