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Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad Artículo 20 BIS Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad
Artículo 20 BIS.

Sin perjuicio de los restantes requisitos que señale el reglamento, para desempeñar el cargo de delegado de libertad vigilada y libertad vigilada intensiva se requiere:

a) Poseer el título de psicólogo o asistente social, otorgado por una universidad reconocida por el Estado o su equivalente, en el caso de profesionales titulados en universidades extranjeras;

b) Experiencia mínima de un año en el área de la intervención psicosocial, y

c) Aprobar el curso de habilitación de delegado de libertad vigilada y libertad vigilada intensiva.



Chile Art. 20 BIS Establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad
Artículo 1 ...18 20 20 BIS 21 22 ...40

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Me cargan los cumas que dicen esposo y esposa estando casados


No olvidar.


extenso relato


diganle al picante de abajo que se deje de escribir


Que beneficios obtiene un trabajador que renuncie a su trabajo con contrato indefinido con 5 años de servicio ininterrumpido. Que deberá pagarme la empresa, si yo renuncio.

Otra pregunta, en la legislación Chilena existe algún beneficio al cónyuge por Comunidad Matrimonial, ya que soy casado y quiero saber si mi esposa podría obtener algún beneficio de mis prestaciones sociales.

Atento a su respuesta, muchas gracias.


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