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Establece normas sobre pesca recreativa Artículo 59 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Establece normas sobre pesca recreativa
Artículo 59.

Modificaciones en materia de inspectores ad honorem. Modifícase la ley Nº 18.465 en la forma que se indica:

1.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 1º por el siguiente:

"Las denuncias efectuadas por los inspectores ad honorem constituirán presunción de la existencia de los hechos denunciados.".

2.- Modifícase el artículo 2º en la forma que se señala a continuación:

a) Intercálase en el inciso primero la siguiente letra b) pasando las actuales b) a d) a ser c) a e), respectivamente:

"b) Ser chileno o extranjero con residencia definitiva.".

b) Intercálase el siguiente inciso segundo pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser tercero y cuarto, respectivamente:

"La postulación para inspector ad honorem se abrirá en los plazos que establezca el Servicio mediante resolución, la que determinará, además, los antecedentes que deben proporcionarse en la solicitud de postulación.".

3.- Modifícase el artículo 3º en la forma que se indica:

a) Sustitúyese en la letra c), la expresión "juzgado de policía local" por la expresión "tribunal competente".

b) Sustitúyese la letra d) por la siguiente:

"d) Incautar las especies hidrobiológicas y los elementos con los que se cometió la infracción, con el solo objeto de ponerlos de inmediato a disposición del tribunal compe-tente.".

c) Agrégase las siguientes letras h) e i):

"h) Registrar embarcaciones y vehículos utilizados por pescadores, e

i) Citar al infractor a la audiencia del siguiente día hábil, bajo apercibimiento de arresto.".

4.- Agrégase al artículo 4º las siguientes letras c), d), e) y f):

"c) Vencimiento del período de nombramiento establecido en la resolución correspondiente, si el interesado no manifiesta por escrito, su deseo de continuar ejerciendo dicho nombramiento;

d) No realizar actividades de fiscalización en dos períodos cuatrimestrales consecutivos;

e) Incumplimiento grave de las obligaciones señaladas en la presente ley o en el reglamento, y f) Por haber sido condenado por delito o infracción cometido en el ejercicio de su función.".



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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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