Establece ley de subvención escolar preferencial Artículo 23 Chile
Establece ley de subvención escolar preferencial
Artículo 23.
La Agencia de la Calidad de la Educación ordenará como Establecimientos Educacionales en Recuperación a aquellos establecimientos incorporados al régimen de esta ley que obtengan resultados educativos reiteradamente deficientes de sus alumnos. Se entenderá que tienen resultados reiteradamente deficientes aquellos establecimientos en la categoría de insatisfactorios que no demuestren una mejora significativa, de acuerdo a lo establecido en el Párrafo 5° del Título II de la ley N° 20.529.
El Ministerio de Educación apercibirá a los establecimientos educacionales ordenados en la categoría de emergentes que, en el plazo de un año contado desde la suscripción del Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa, no cuenten con el Plan de Mejoramiento Educativo señalado en el artículo 19 para que dentro de tres meses lo presenten. Si transcurrido este último plazo no presentan el citado plan, los establecimientos serán ordenados en la categoría de en Recuperación.
Chile Art. 23 Establece ley de subvención escolar preferencial
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Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.
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