Establece el 22 de mayo de cada año como el día nacional de la memoria y educación sobre desastres socio-naturales

Artículo 1.

Declárase el 22 de mayo de cada año como el Día Nacional de la Memoria y Educación sobre Desastres Socio-Naturales.



Artículo 2.

El Estado, como parte de las estrategias a desarrollar en el marco del Día Nacional de la Memoria y Educación sobre Desastres Socio-Naturales, propenderá a:

a) Estimular la inclusión en los planes de estudio y en la planificación del año escolar de actividades curriculares y/o extracurriculares, con el fin de enfatizar la historia de los desastres naturales en el país y las medidas para prevenir y mitigar sus efectos.

b) Procurar que todos los establecimientos educacionales, públicos y privados, realicen un minuto de silencio a las 15:11 horas del 22 de mayo de cada año, para recordar el momento exacto del terremoto de Valdivia ocurrido en 1960, y generen un espacio que fomente la reflexión sobre los desastres socio-naturales, en cumplimiento de las facultades que establece el artículo 2 de la ley N° 18.956.".