Establece el Dia nacional de la ciencia y la tecnologia

Artículo ÚNICO.

Declárase el primer domingo del mes de octubre de cada año como el "Día Nacional de las Ciencias, la Tecnología, el Conocimiento y la Innovación".

En el marco de la conmemoración señalada en el inciso anterior, toda institución que aborde el quehacer científico, tecnológico, del conocimiento y la innovación, nacional o internacional con sede en Chile, podrá realizar actividades de promoción que involucren a toda la sociedad, tales como visitas públicas y gratuitas a sus centros de investigación, ferias científicas y otras actividades tendientes a promover la importancia de estas disciplinas en la sociedad chilena, en especial, aquellas instituciones que hayan recibido financiamiento público durante el año en curso o el anterior. El Estado promoverá y difundirá las actividades de este día y las directamente relacionadas con ellas.".