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Crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado Artículo 13 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado
Artículo 13.

Dentro de los treinta días siguientes al término de cada trimestre, la Subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá publicar en la página web de dicho Ministerio, al menos, la siguiente información: número de trabajadores beneficiados con el subsidio que la presente ley crea y monto promedio mensual recibido por trabajador a nivel nacional y regional, además de una caracterización socioeconómica y demográfica de los beneficiarios de éste.

Asimismo, anualmente el Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá publicar, en la página web indicada en el inciso anterior, el nombre de las empresas con ingresos por ventas mayores a 100 mil unidades de fomento anuales del año calendario anterior a la referida publicación, que cuenten con trabajadores que hayan sido beneficiarios durante uno o más meses de dicho año del subsidio que esta ley crea.

El Servicio de Impuestos Internos deberá proporcionar anualmente al Ministerio de Desarrollo Social y Familia la información que sea indispensable para efectuar la publicación señalada en el inciso anterior, para lo cual ese Ministerio deberá enviar al Servicio de Impuestos Internos, de forma previa, la nómina de las empresas cuyos trabajadores hayan sido beneficiarios de dicho subsidio durante uno o más meses del año calendario anterior al de la referida publicación.

Un reglamento expedido por el Ministerio de Hacienda, suscrito además por el Ministro de Desarrollo Social y Familia, establecerá la información específica que deberá ser proporcionada, además de la forma y oportunidad en que ésta se entregará por parte del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y del Servicio de Impuestos Internos, respectivamente.



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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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