Crea la xiv region de los rios y la provincia de ranco en su territorio Artículo 8 Chile
Crea la xiv region de los rios y la provincia de ranco en su territorio
Artículo 8.
Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de Tribunales:
1) En su artículo 16:
a) Suprímese en el acápite correspondiente a la "Décima Región de Los Lagos" los párrafos comprendidos entre las expresiones "Mariquina", la primera vez que aparece en el texto, y "Futrono.".
b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena", el siguiente:
"Decimocuarta Región de los Ríos:
Mariquina, con un juez, con competencia sobre las comunas de Mariquina y Lanco.
Valdivia, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral.
Los Lagos, con un juez, con competencia sobre las comunas de Máfil, Los Lagos y Futrono.".
2) En su artículo 21:
a) Suprímese, en el acápite correspondiente a la "Décima Región de Los Lagos", el párrafo comprendido entre las expresiones "Valdivia", la primera vez que aparece en el texto, y "Río Bueno.".
b) Incorpórase, a continuación del acápite correspondiente a la "Duodécima Región de Magallanes y la Antártica Chilena", el siguiente:
"Decimocuarta Región de los Ríos:
Valdivia, con seis jueces, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Lanco, Panguipulli, Máfil, Valdivia, Los Lagos, Corral, Paillaco, Futrono, La Unión, Lago Ranco y Río Bueno.".
3) Suprímense, en su artículo 37, el párrafo comprendido entre las expresiones "Dos", la primera vez que aparece en el texto, y las expresiones "Corral, y", y asimismo, los párrafos comprendidos entre la expresión "Un", la primera vez que aparece en el texto, y "Lago Ranco";
4) Incorpórase el siguiente artículo 39 bis Artículo 39 bis. En la Decimocuarta Región, de Los Ríos, existirán los siguientes juzgados de letras:
A.- Juzgados Civiles:
Dos juzgados con asiento en la comuna de Valdivia, con competencia sobre las comunas de Valdivia y Corral;
B.- Juzgados de Competencia Común:
Un juzgado con asiento en la comuna de Mariquina, con competencia sobre las comunas de Mariquina, Máfil y Lanco;
Un juzgado con asiento en la comuna de Los Lagos, con competencia sobre las comunas de Los Lagos y Futrono;
Un juzgado con asiento en la comuna de Panguipulli, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de La Unión, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;
Un juzgado con asiento en la comuna de Paillaco, con jurisdicción sobre la misma comuna, y
Un juzgado con asiento en la comuna de Río Bueno, con jurisdicción sobre las comunas de Río Bueno y Lago Ranco.
Chile Art. 8 Crea la xiv region de los rios y la provincia de ranco en su territorio
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Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.
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