Crea la defensoría de los derechos de la niñez Chile
Crea la defensoría de los derechos de la niñez
- TÍTULO I
OBJETO Y FUNCIONES
Párrafo 1° Disposiciones Generales - Artículo 1. Créase la "Defensoría de los Derechos de la Niñez", en adelante también la...
- Artículo 2. La Defensoría de los Derechos de la Niñez tendrá por objeto la difusión,...
- Artículo 3. La Defensoría desempeñará sus funciones con autonomía de las instituciones...
- Párrafo 2° Funciones y Atribuciones
- Artículo 4. Corresponderá especialmente a la Defensoría de los Derechos de la Niñez:...
- Artículo 5. El interés superior del niño, su derecho a ser oído, la igualdad y no...
- Artículo 6. La presentación de las peticiones a que se refiere la letra c) del artículo...
- Artículo 7. Las derivaciones o recomendaciones que la Defensoría realice se comunicarán...
- Artículo 8. La información y antecedentes recibidos por la Defensoría no podrán ser...
- TÍTULO II
ORGANIZACIÓN
Párrafo 1° Organización Interna - Artículo 9. En su organización interna, la Defensoría se regirá por las disposiciones de...
- Párrafo 2° Del Defensor
- Artículo 10. El Defensor de la Niñez, en adelante "el Defensor", será el Director y...
- Artículo 11. Para ser nombrado Defensor se requiere: a) Ser ciudadano con derecho a...
- Artículo 12. El cargo de Defensor será de dedicación exclusiva. El ejercicio de cualquier...
- Artículo 13. El Defensor sólo podrá ser removido por la Corte Suprema, a requerimiento...
- Artículo 14. Corresponderá especialmente al Defensor: a) Dirigir, organizar y...
- Artículo 15. El Defensor deberá realizar anualmente una cuenta pública, para lo cual...
- Artículo 16. En el ejercicio de sus funciones, el Defensor no podrá intervenir en calidad...
- Párrafo 3° Del Consejo Consultivo
- Artículo 17. El Consejo Consultivo, en adelante también "el Consejo", será un órgano...
- TÍTULO III
PERSONAL Y PATRIMONIO - Artículo 18. Las personas que presten servicios para la Defensoría se regirán por el...
- Artículo 19. La Defensoría deberá cumplir con las normas establecidas en el decreto ley...
- Artículo 20. El patrimonio de la Defensoría estará formado por: a) Los aportes que...
- Artículo 21. Los actos del Defensor de la Niñez que requieran para su aprobación de...
Otras regulaciones
Modifica plazo para reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diesel para las empresas de transporte de carga, y modifica otros aspectos de este mecanismo Establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. Otorga bonificación por retiro voluntario a los funcionarios del sector salud que indica Declara feriado el día 8 de septiembre 2016, para la región de antofagasta Crea el ministerio del deporteMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
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