Código de Minería Artículo 195 Chile
Código de Minería
Artículo 195.
Los socios contribuirán al pago de los gastos necesarios tanto para la conservación y exploración de la concesión de exploración y de la pertenencia, como para la explotación de esta última, en proporción a las acciones que tengan en la sociedad.
Para la fijación del monto de las cuotas se requerirá un acuerdo, tomado en junta, por personas que representen a lo menos la mayoría absoluta de las acciones de la sociedad; y, enseguida, publicado y notificado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 182.
Es aplicable a este acuerdo lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 189, pero el plazo para reclamar se contará desde la fecha de la segunda de las publicaciones de que debe ser objeto el acuerdo a que se refiere el inciso anterior.
El reclamo no podrá ser acogido cuando la cuota o cuotas pedidas sean necesarias para cubrir los gastos señalados en el inciso primero.
Las cuotas deberán pagarse, si no se ha señalado plazo para ello, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la segunda publicación del acuerdo respectivo.
Chile Art. 195 Código de Minería
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- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
jose tomas felicidades por aprobar el grado, mero tramite
quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
Que página más buena.
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