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Código de Derecho Internacional Privado Artículo 69 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código de Derecho Internacional Privado
Artículo 69.

Están sometidos a la ley personal del hijo la existencia y el alcance general de la patria potestad respecto de la persona y los bienes, así como las causas de su extinción y recobro y la limitación por las nuevas nupcias del derecho de castigar.



Chile Art. 69 CDIP
Artículo 1 ...67 68 69 70 71 ...437

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