Autoriza la construcción de un monumento en memoria de su santidad juan pablo segundo, en la ciudad de viña del mar Artículo 7 Chile
Autoriza la construcción de un monumento en memoria de su santidad juan pablo segundo, en la ciudad de viña del mar
Artículo 7.
El monumento deberá erigirse en el plazo de diez años, contado desde la publicación de la presente ley. Vencido dicho plazo sin que se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos de beneficencia que la Comisión establezca.".
Chile Art. 7 Autoriza la construcción de un monumento en memoria de su santidad juan pablo segundo, en la ciudad de viña del mar
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Pueden pedir una demanda de rendicion de cuentas, pero debe ser por intermedio de abogado ante un tribunal civil
valentin caballero sexo gratis
Gene, si por estar estudiando llegai a esta página, te deseo ánimos y ojalá nunca seai como el séquito de weones de estos comentarios que tienen el ego en cualquier parte por estudiar esta wea fome, te quiero mucho, saludos
La UAT exigente?? JAJAJ, es la top 13 de Chile, dejen de quejarse y pónganse a estudiar mejor.
en menos de 1 mes doy el grado deseenme exito los csm
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