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Aprueba normas para el fomento de la inversion privada en obras de riego y drenaje Artículo 8 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08-07-2025

Aprueba normas para el fomento de la inversion privada en obras de riego y drenaje
Artículo 8.

Las funciones que por esta ley se encomiendan a la Comisión Nacional de Riego, deberán ser ejercidas de conformidad a lo dispuesto en la letra h) del artículo 3° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

La Comisión Nacional de Riego podrá contratar, mediante licitación pública, la realización de estudios necesarios para dimensionar la capacidad y comportamiento de fuentes superficiales y de aguas subterráneas que puedan estar disponibles para riego, a empresas u organismos especializados.

Los estudios contratados según el inciso precedente deberán realizarse en coordinación con la Dirección General de Aguas, de conformidad con lo dispuesto en el número 3 de la letra b) del artículo 299 del Código de Aguas. Una vez concluidos, las empresas u organismos encargados deberán remitir a la referida Dirección toda la información vinculada a dichos estudios, incluyendo todos los datos recopilados, procesados o generados en ellos.



Chile Art. 8 Aprueba normas para el fomento de la inversion privada en obras de riego y drenaje
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Al pablo le gusta el pene


Nada habla de los vehículos antiguos 25 años o 30 años los cuales están exentos del grabado de la patente en los vidrios. Mezclan los antiguos con los históricos 40 años


Buenos días. Gracias por llamar nuestra atención. Hemos actualizado este artículo.


"Artículo 451.- Los conservadores de bienes raíces deberán inscribir los títulos en los registros de propiedad, de hipotecas y gravámenes y de interdicciones y prohibiciones de enajenar, así como las anotaciones marginales, dentro del plazo máximo de veinte días desde la presentación de los requerimientos.

  En caso de reparos a las solicitudes señaladas en el inciso precedente, el plazo para inscribir será de diez días, contado desde el reingreso.".


incorporar el nuevo artículo 451 del Cot, atendido a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 21.718 sobre agilización de permisos de construcción.


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