Aprueba ley orgánica del servicio nacional de aduanas Chile
Aprueba ley orgánica del servicio nacional de aduanas
- TITULO I
Objetivo y Organización del Servicio - Artículo 1. El Servicio Nacional de Aduanas es un Servicio Público dependiente del...
- Artículo 2. El Servicio de Aduanas estará constituido por la Dirección Nacional, las...
- Artículo 3. La administración del Servicio Nacional de Aduanas corresponderá al Director...
- TITULO II
Del Director Nacional del Servicio - Artículo 4. El Director Nacional de Aduanas es el Jefe Superior del Servicio, y será...
- Artículo 5. Subrogarán al Director Nacional, los Subdirectores en el orden de...
- TITULO III
De las Subdirecciones y de los Departamentos - Artículo 6. Los Subdirectores son asesores del Director Nacional en las materias de su...
- Artículo 7. Corresponderá a la Subdirección Técnica, por sí o a través de los...
- Artículo 8. Corresponderá a la Subdirección de Fiscalización, por sí o a través de los...
- Artículo 9. Corresponderá a la Subdirección Administrativa, por sí o a través de los...
- Artículo 10. Corresponderá a la Subdirección Jurídica, por sí o a través de los...
- Artículo 11. Corresponderá a la Subdirección de Informática, por sí o a través de los...
- Artículo 12. Corresponderá a la Subdirección de Recursos Humanos, por sí o a través de...
- Artículo 12 A. A: Corresponderá al Departamento Nacional de Capacitación, entre otras...
- Artículo 12 B. B: DEROGADO
- Artículo 12 C. C: DEROGADO
- Artículo 13. Corresponderá a los comités internos de trabajo, entre otras funciones, a...
- TITULO IV
De las Direcciones Regionales y de las Administraciones de Aduanas - Artículo 14. Las Direcciones Regionales de Aduana son las siguientes: 1.- Arica, con...
- Artículo 15. A cargo de cada una de las Direcciones Regionales señaladas en el artículo...
- Artículo 16. Los Departamento Administraciones Aduanas y las Administraciones de Aduanas...
- Artículo 17. A los Administradores de Aduanas, corresponderá: 1.- Administrar la Aduana...
- TITULO V
1.- Ingreso al Servicio - Artículo 18. Para incorporarse al Servicio Nacional de Aduanas se requiere reunir las...
- Artículo 19. El personal que ingrese al Servicio en el último grado del respectivo...
- 2.- Planta del Servicio
- Artículo 20. La Planta de Personal del Servicio Nacional de Aduanas será la siguiente:...
- 3.- Prohibiciones y obligaciones
- Artículo 21. Las personas que trabajen en el Servicio Nacional de Aduanas no podrán...
- 4.- Autoridades Aduaneras
- Artículo 21 A. Los funcionarios que se ausenten en comisión de estudio o como beneficiarios...
- Artículo 21 B. Son autoridades aduaneras para todos los efectos legales: el Director...
- 5.- Facultades del Personal para el cumplimiento de la ley
- Artículo 22. El Director Nacional podrá exigir declaraciones sobre operaciones que...
- Artículo 23. Para el ejercicio de las facultades y cumplimiento de las obligaciones...
- Artículo 24. Todo empleado de Aduana, dentro de las Zonas Primarias de Jurisdicción y en...
- Artículo 25. Para el cumplimiento de las facultades a que se refiere el presente párrafo,...
- TITULO VI
De la vigilancia del mar, tierra y espacio aéreo - Artículo 26. La vigilancia del mar, espacio aéreo y tierra, a fin de prevenir, impedir y...
- Artículo 27. La vigilancia dentro del territorio nacional y hasta la orilla del mar,...
- Artículo 28. Las autoridades a que se refieren los artículos anteriores estarán obligadas...
- Artículo 29. Derógase, a contar de la fecha de vigencia del presente decreto con fuerza...
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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.
Plazo de caducidad o prescripción? juegue
puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?
Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
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