Sobre procedimiento para el otorgamiento de la posesion efectiva de la herencia y adecuaciones de la normativa procesal, civil y tributaria sobre la materia Chile
Sobre procedimiento para el otorgamiento de la posesion efectiva de la herencia y adecuaciones de la normativa procesal, civil y tributaria sobre la materia
- TITULO I De la dación de la posesión efectiva de la herencia en sucesiones intestadas
- Artículo 1. Las posesiones efectivas de herencias, originadas en sucesiones intestadas...
- Artículo 2. La posesión efectiva podrá solicitarse por cualquier persona que invoque la...
- Artículo 3. La posesión efectiva de una herencia deberá solicitarse a través de un...
- Artículo 4. El inventario de los bienes existentes al fallecimiento del causante, deberá...
- Artículo 5. La posesión efectiva será otorgada por resolución fundada del Director...
- Artículo 6. La posesión efectiva será otorgada a todos los que posean la calidad de...
- Artículo 7. La resolución que conceda la posesión efectiva de la herencia será publicada...
- Artículo 8. Efectuada la publicación a que se refiere el artículo anterior, el Director...
- Artículo 9. Las adiciones, supresiones o modificaciones que se hagan al inventario o...
- Artículo 10. El Servicio podrá corregir, de oficio o a petición de parte, los errores de...
- Artículo 11. La tramitación íntegra de la posesión efectiva estará afecta al pago de un...
- Artículo 12. El Servicio de Registro Civil e Identificación tendrá la obligación de...
- TITULO II Del Registro Nacional de Posesiones Efectivas y del Registro Nacional de Testamentos
- Artículo 13. Créase un Registro Nacional de Posesiones Efectivas y un Registro Nacional...
- Artículo 14. El hecho de haberse otorgado o protocolizado un testamento deberá anotarse...
- TITULO III
Disposiciones varias - Artículo 15. Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Civil:...
- Artículo 16. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Civil: 1)...
- Artículo 17. Reemplázase el artículo 439 del Código Orgánico de Tribunales por el...
- Artículo 18. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº16.271, sobre...
- Artículo 19. Deróganse los artículos 117º, 155º, 156º, 157º, 166º, 167º y 202º del Código...
- Artículo 20. Amplíase la dotación máxima del Servicio de Registro Civil e Identificación...
- Artículo 21. El mayor gasto de operación que irrogue la aplicación de la presente ley se...
- Artículo 22. Autorízase al Servicio de Registro Civil e Identificación, para externalizar...
- Artículo 23. La presente ley comenzará a regir seis meses después de su publicación en el...
Otras regulaciones
Determina conductas terroristas y fija su penalidad Concede beneficios al personal de la atención primaria de salud Crea el registro nacional de servicios de transporte remunerado de escolares Faculta a las municipalidades para desarrollar programas de construccion de viviendas y de infraestructuras sanitarias Ley sobre impuesto a las ventas y serviciosMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
Email: [email protected]
Sitio web: www.palmaabogados.cl
WhatsApp: 56978732483
Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios