Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma
Artículo 11.
Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma Artículo 11 Chile
Son prestadores de servicios de certificación las personas jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que otorguen certificados de firma electrónica, sin perjuicio de los demás servicios que puedan realizar.
Asimismo, son prestadores acreditados de servicios de certificación las personas jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, domiciliadas en Chile y acreditadas en conformidad al Título V de esta ley, que otorguen certificados de firma electrónica, sin perjuicio de los demás servicios que puedan realizar.
Chile Art. 11 Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma
Asimismo, son prestadores acreditados de servicios de certificación las personas jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, domiciliadas en Chile y acreditadas en conformidad al Título V de esta ley, que otorguen certificados de firma electrónica, sin perjuicio de los demás servicios que puedan realizar.
Chile Art. 11 Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma