Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma Chile
Sobre documentos electronicos, firma electronica y servicios de certificacion de dicha firma
- TITULO I
Disposiciones Generales - Artículo 1. La presente ley regula los documentos electrónicos y sus efectos legales, la...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley se entenderá por: a) Electrónico:...
- Artículo 3. Los actos y contratos otorgados o celebrados por personas naturales o...
- Artículo 4. Los documentos electrónicos que tengan la calidad de instrumento público,...
- Artículo 5. Los documentos electrónicos podrán presentarse en juicio y, en el evento de...
- TITULO II
Uso de Firmas Electrónicas por los Organos del
Estado - Artículo 6. Los órganos del Estado podrán ejecutar o realizar actos, celebrar contratos...
- Artículo 7. Los actos, contratos y documentos de los órganos del Estado, suscritos...
- Artículo 8. Las personas podrán relacionarse con los órganos del Estado, a través de...
- Artículo 9. La certificación de las firmas electrónicas avanzadas de las autoridades o...
- Artículo 10. Los reglamentos aplicables a los correspondientes órganos del Estado...
- TITULO III
De los Prestadores de Servicios de Certificación - Artículo 11. Son prestadores de servicios de certificación las personas jurídicas...
- Artículo 12. Son obligaciones del prestador de servicios de certificación de firma...
- Artículo 13. El cumplimiento por parte de los prestadores no acreditados de servicios de...
- Artículo 14. Los prestadores de servicios de certificación serán responsables de los...
- TITULO IV
De los Certificados de Firma Electrónica - Artículo 15. Los certificados de firma electrónica, deberán contener, al menos, las...
- Artículo 16. Los certificados de firma electrónica quedarán sin efecto, en los siguientes...
- TITULO V
De la Acreditación e Inspección de los Prestadores
de Servicios de Certificación - Artículo 17. La acreditación es el procedimiento en virtud del cual el prestador de...
- Artículo 18. El procedimiento de acreditación se iniciará mediante solicitud ante la...
- Artículo 19. Mediante resolución fundada de la Entidad Acreditadora se podrá dejar sin...
- Artículo 20. Con el fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los...
- Artículo 21. La Entidad Acreditadora, así como el personal que actúe bajo su dependencia...
- Artículo 22. Los recursos que perciba la Entidad Acreditadora por parte de los...
- TITULO VI
Derechos y Obligaciones de los Usuarios de Firmas
Electrónicas - Artículo 23. Los usuarios o titulares de firmas electrónicas tendrán los siguientes...
- Artículo 24. Los usuarios de los certificados de firma electrónica quedarán obligados, en...
- TITULO VII
Reglamentos - Artículo 25. El Presidente de la República reglamentará esta ley en el plazo de noventa...
Otras regulaciones
Adecua plantas y escalafones del servicio de gobierno interior Regula beneficio que indica, para trabajadores de establecimientos de educación parvularia Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental Crea una asignación de fortalecimiento de la autoridad sanitaria Ley del deporteMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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