Revalorizacion de pensiones Chile
Revalorizacion de pensiones
- I.- FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES"
- Artículo 1. Créase el Fondo de Revalorización de Pensiones, que tendrá por objeto...
- Artículo 2. Los recursos del Fondo de Revalorización se aplicarán a los siguientes...
- Artículo 3. Los recursos del Fondo de Revalorización se contabilizarán en una cuenta...
- Artículo 4. La revalorización anual de pensiones deberá atenerse a los siguientes...
- Artículo 5. En el caso de las pensiones de montepío causadas por jubilados y cuyo monto...
- Artículo 6. No obstante lo dispuesto en el artículo 4, el reajuste por concepto de...
- Artículo 7. Estarán afectos al beneficio de revalorización las pensiones vigentes al...
- Artículo 7 BIS. bis La norma contenidas en el artículo 10° de la ley 17.828, será...
- Artículo 8. El pago de los beneficios que otorga la presente ley lo harán las...
- Artículo 9. Los beneficiarios deberán hacer las imposiciones que establezca la...
- Artículo 10. En los casos de concurrencia de dos o más entidades al pago de una pensión,...
- Artículo 11. El Fondo de Revalorización de Pensiones estará integrado por los siguientes...
- Artículo 11 BIS. bis No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores, la revalorización...
- II. Comisión Revalorizadora de Pensiones
- Artículo 12. Créase la Comisión Revalorizadora de Pensiones, como organismo dependiente...
- Artículo 13. Serán funciones y atribuciones especiales de la Comisión Revalorizadora de...
- Artículo 14. Los acuerdos y resoluciones de la Comisión Revalorizadora de Pensiones, en...
- Artículo 15. La Comisión Revalorizadora tendrá un Secretario que actuará como Ministro de...
- Artículo 16. La Comisión funcionará en la Superintendencia de Seguridad Social y sus...
- Artículo 17. Para el cumplimiento de las funciones que la presente ley le confiere, la...
- Artículo 18. Sustitúyense en el artículo 63° de la ley N° 10.343, las palabras...
- Artículo 19. El imponente que cumpla con los requisitos para tener derecho a pensión con...
- Artículo 21. El imponente tendrá derecho a iniciar su expediente de jubilación con un año...
- Artículo 22. El imponente declarado inválido, que cumpla con los requisitos para jubilar...
- Artículo 23. Modifícanse como sigue las disposiciones que se indican del decreto con...
- Artículo 24. La madre de los hijos naturales del imponente, soltera o viuda, que...
- Artículo 25. A contar desde la vigencia de la presente ley ninguna persona podrá jubilar...
- Artículo 26. Las pensiones mínimas de jubilación serán equivalentes a un sueldo vital...
- IV.- BENEFICIOS PARA LOS IMPONENTES DEL SERVICIO DE
- Artículo 27. Los asegurados del Servicio de Seguro Social que hayan sido declarados...
- Artículo 28. Los requisitos de semanas de imposiciones a que se refiere la letra c) del...
- Artículo 29. Los beneficiarios que se acojan a las pensiones ques establece el artículo...
- Artículo 30. Las pensiones a que se refieren los artículos anteriores se devengarán a...
- Artículo 31. Las viudas de los obreros imponentes fallecidos antes de la dictación de...
- Artículo 32. Los derechos a que se refieren los artículos 27°, 29°, 30° y 31° podrán...
- Artículo 33. Para los efectos de dar cumplimiento a los beneficios de los artículos...
- Artículo 34. Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 10.383. 1.-...
- Artículo 35. Sustitúyese el artículo 4° de la ley N° 14.687 por el siguiente: "Artículo...
- V.- DISPOSICIONES VARIAS
- Artículo 36. Entre los beneficiarios de pensión de montepío de los bomberos accidentados...
- Artículo 37. A partir de la vigencia de la presente ley, la Caja de Previsión de...
- Artículo 38. La Caja de Empleados Particulares fijará anualmente, en el mes de enero, el...
- Artículo 39. La Caja de Empleados Particulares comenzará a pagar el beneficio establecido...
- Artículo 40. La Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional establecerá un fondo...
- Artículo 40 BIS. bis Para calcular el monto de la jubilación y de la indemnización por años...
- Artículo 41. En los Consejos de las Instituciones de Previsión en que no exista...
- Artículo 42. o- Agrégase el siguiente inciso final nuevo al artículo 35.o de la ley N.o...
- Artículo 43. Agrégase en el artículo 1° de la ley 12.522 entre las frases "y de la...
- Artículo 44. Prohíbese la exoneración de personal por el hecho de contraer matrimonio.
- Artículo 45. Los ex Regidores que no se hayan acogido a los beneficios de la ley número...
- Artículo 46. Los tenedores de bonos o pagarés fiscales en dólares emitidos en conformidad...
- Artículo 47. Regirá para las instituciones de previsión bancarias lo dispuesto en la...
- Artículo 48. Las disposiciones de la presente ley, con excepción de los artículos 25° y...
- Artículo 49. La prescripción que extingue las acciones de los institutos de previsión...
- Artículo 50. En el plazo de 120 días, contado desde la fecha de la vigencia de la...
- Artículo 51. Para los efectos de la aplicación de la presente ley, la Empresa de los...
Otras regulaciones
Establece como feriado el día 10 de agosto de 2017 en la región de tarapacá, con motivo de la fiesta religiosa de san lorenzo Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad covid-19 en chile De propiedad industrial Crea mecanismo de estabilización de precios de los combustibles que indica Establece normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales del decreto con fuerza de ley nº 2, de 1998Mejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
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Sitio web: www.palmaabogados.cl
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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
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