Reestructura el ministerio de educacion publica
Artículo 4.
Reestructura el ministerio de educacion publica Artículo 4 Chile
El Ministro es el colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración del sector educación y cultura. Le corresponderá, en general, la dirección superior de las acciones educacionales y de extensión cultural que conciernen al Estado. Para los efectos anteriores contará con un Gabinete.
Chile Art. 4 Reestructura el ministerio de educacion publica
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