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Ley organica constitucional del tribunal constitucional Artículo 22 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Ley organica constitucional del tribunal constitucional
Artículo 22.

Será motivo de implicancia respecto de los asuntos a que se refieren los números 1° a 16°, inclusive, del artículo 93 de la Constitución, el hecho de haber emitido opinión con publicidad o dictamen sobre el asunto concreto actualmente sometido a conocimiento del Tribunal.

También serán motivo de implicancia respecto de los asuntos a que se refieren los números 10°, 13° y 14° del mismo artículo 93, los establecidos en los números 2° y 4° al 7°, inclusive, del artículo 195 del Código Orgánico de Tribunales, en cuanto procedan.

Tan pronto llegue a conocimiento de un Ministro la existencia de una causal de implicancia que lo afecte, lo estampará en el expediente y el Tribunal, con exclusión de él, deberá resolver. Si la acepta, el Ministro implicado se abstendrá del conocimiento del asunto.

Las implicancias podrán ser promovidas por el Ministro LEY N° 17.997 Art. afectado, por cualquiera de los demás Ministros, y por los órganos constitucionales interesados que se hayan hecho parte.

Los Ministros no son recusables.

Será, además, causal de implicancia la existencia actual de

relaciones laborales, comerciales o societarias de un Ministro con el abogado o procurador que actúe en alguno de los procesos que se sustancian ante el Tribunal.

Lo dispuesto en este artículo se aplica, en lo pertinente, al Secretario y a los Relatores del Tribunal.



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Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


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Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana


se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.


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