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Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. S. N. 2.106 de 15 de marzo del presente ano Artículo 28 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024

Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. S. N. 2.106 de 15 de marzo del presente ano
Artículo 28.

Los mismos contribuyentes podrán también agregar al monto de la revalorización del año 1954, los bienes o rentas de cualquiera naturaleza que hubieran omitido en sus balances y declaraciones anteriores, incluso los mencionados en el inciso tercero del artículo anterior, debiendo pagar sobre el valor de éstos bienes o rentas un impuesto único de 8%, siempre que efectúen el pago de este impuesto antes del 15 de diciembre próximo, y que los respectivos valores o inversiones sean registrados en sus actuales libros de contabilidad. Dichos contribuyentes quedarán además liberados de todos los intereses penales y sanciones pecuniarias y corporales que establecen la Ley sobre Impuesto a la Renta y demás leyes análogas, sobre las cantidades que declaren y cuyos impuestos paguen en conformidad con este artículo. Asimismo, otros contribuyentes de impuestos a la renta distintos de las categorías Tercera o Cuarta podrán declarar rentas omitidas en años anteriores y pagar el impuesto único de 8 %, con las mismas condiciones y franquicias.

Los que se hubieren acogido a la disposición anterior y que no hayan podido efectuar el pago dentro de la fecha indicada, podrán hacerlo hasta el 15 de junio de 1955 con una tasa única de impuesto de 12%".



Chile Art. 28 Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. S. N. 2.106 de 15 de marzo del presente ano
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Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

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una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?


buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada


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