Establece subsidio familiar para personas de escasos recursos y modifica normas que indica
Artículo 15.
Establece subsidio familiar para personas de escasos recursos y modifica normas que indica Artículo 15 Chile
Los trabajadores de la Administración Civil del Estado que se rigen por las normas del decreto ley 2.200, de 1978, y sus disposiciones complementarias, que se encuentren en la situación prevista en la letra c) del artículo 233° del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, incurrirán en causal de caducidad del contrato sin derecho a indemnización.
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