Establece la ley organica constitucional del ministerio publico Chile
Establece la ley organica constitucional del ministerio publico
- T I T U L O I
El Ministerio Público, funciones y principios que orientan su actuación - Artículo 1. El Ministerio Público es un organismo autónomo y jerarquizado, cuya función...
- Artículo 2. El Ministerio Público realizará sus actuaciones procesales a través de...
- Artículo 3. En el ejercicio de su función, los fiscales del Ministerio Público adecuarán...
- Artículo 4. El Ministerio Público podrá impartir órdenes directas a las Fuerzas de Orden...
- Artículo 5. El Estado será responsable por las conductas injustificadamente erróneas o...
- Artículo 6. Los fiscales y funcionarios del Ministerio Público deberán velar por la...
- Artículo 7. Las autoridades y jefaturas, dentro del ámbito de su competencia...
- Artículo 8. Los fiscales y los funcionarios del Ministerio Público deberán observar el...
- Artículo 9. Derogado
- Artículo 9 BIS. Asimismo, el Fiscal Nacional, los Fiscales Regionales y los fiscales...
Artículo 9 TER. Derogado
- Artículo 10. Todas las personas que cumplan con los requisitos correspondientes tendrán...
- Artículo 11. El personal del Ministerio Público estará sujeto a responsabilidad...
- T I T U L O II
De la organización y atribuciones del Ministerio Público
PARRAFO 1º
De los órganos del Ministerio Público - Artículo 12. El Ministerio Público se organizará en una Fiscalía Nacional y en Fiscalías...
- PARRAFO 2º
Fiscal Nacional - Artículo 13. El Fiscal Nacional es el jefe superior del Ministerio Público y responsable...
- Artículo 14. Para ser nombrado Fiscal Nacional, se requiere: a) Ser ciudadano con...
- Artículo 15. Para los efectos de la designación del Fiscal Nacional, la Corte Suprema,...
- Artículo 16. El Fiscal Nacional durará ocho años en su cargo y no podrá ser designado...
- Artículo 17. Corresponderá al Fiscal Nacional: a) Fijar, oyendo previamente al...
- Artículo 18. El Fiscal Nacional podrá asumir, de oficio y de manera excepcional, la...
- Artículo 19. El Fiscal Nacional podrá disponer, de oficio y de manera excepcional, que un...
- Artículo 20. La Fiscalía Nacional contará con las siguientes unidades administrativas:...
- Artículo 21. El Fiscal Nacional rendirá cuenta de las actividades del Ministerio Público...
- Artículo 22. Cada una de las unidades especializadas a que alude la letra c) del artículo...
- Artículo 23. El Fiscal Nacional será subrogado por el Fiscal Regional que determine...
- PARRAFO 3º
Consejo General - Artículo 24. El Consejo General estará integrado por el Fiscal Nacional, quien lo...
- Artículo 25. Corresponderá al Consejo General: a) Dar a conocer su opinión respecto...
- Artículo 26. El Consejo General sesionará ordinariamente al menos cuatro veces al año y,...
- PARRAFO 4º
De las Fiscalías Regionales - Artículo 27. A los fiscales regionales corresponde el ejercicio de las funciones y...
- Artículo 28. Existirá un fiscal regional en cada una de las regiones del país, con...
- Artículo 29. Los fiscales regionales serán nombrados por el Fiscal Nacional, a propuesta...
- Artículo 30. Los Fiscales Regionales durarán ocho años en el ejercicio de sus funciones y...
- Artículo 31. Para ser nombrado Fiscal Regional, se requiere: a) Ser ciudadano con...
- Artículo 32. Corresponderá al Fiscal Regional: a) Dictar, conforme a las instrucciones...
- Artículo 33. Las reclamaciones que los intervinientes en un procedimiento formulen en...
- Artículo 34. Cada Fiscalía Regional contará con las siguientes unidades administrativas:...
- Artículo 35. El Fiscal Regional debe dar cumplimiento a las instrucciones generales...
- Artículo 36. El Fiscal Regional rendirá cuenta de las actividades desarrolladas por el...
- Artículo 37. El Fiscal Regional será subrogado por el fiscal adjunto que determine...
- PÁRRAFO 4º BIS
DEL SISTEMA DE ANÁLISIS CRIMINAL Y FOCOS INVESTIGATIVOS - Artículo 37 BIS. Créase el Sistema de Análisis Criminal y Focos Investigativos, en adelante...
- PARRAFO 5º
De las fiscalías locales y los fiscales adjuntos - Artículo 38. Las fiscalías locales serán las unidades operativas de las Fiscalías...
- Artículo 39. La ubicación de las fiscalías locales en el territorio de cada Fiscalía...
- Artículo 40. Cuando una fiscalía local cuente con |más de un fiscal adjunto, la...
- Artículo 41. Los fiscales adjuntos serán designados por el Fiscal Nacional, a propuesta...
- Artículo 42. Para ser nombrado fiscal adjunto, se requiere: a) Ser ciudadano con...
- Artículo 43. Los fiscales adjuntos cesarán en sus cargos por: a) Cumplir 75 años de...
- Artículo 44. Dentro de cada fiscalía local los fiscales adjuntos ejercerán directamente...
- T I T U L O III
Responsabilidades de los fiscales del Ministerio Público - Artículo 45. Los fiscales del Ministerio Público tendrán responsabilidad civil,...
- Artículo 46. Presentada una denuncia en contra de un fiscal del Ministerio Público por su...
Artículo 47. Derogado
- Artículo 48. La responsabilidad disciplinaria de los fiscales por los actos realizados en...
- Artículo 49. Las infracciones de los deberes y prohibiciones en que incurran los fiscales...
- Artículo 50. Las medidas disciplinarias mencionadas en las letras a) a d) del artículo...
- Artículo 51. Cuando un fiscal adjunto aparezca involucrado en hechos susceptibles de ser...
- Artículo 52. Si el inculpado de alguna infracción a sus deberes fuere un Fiscal Regional,...
- Artículo 53. El Fiscal Nacional y los Fiscales Regionales sólo podrán ser removidos por...
- T I T U L O IV
De la inhabilitación de los fiscales - Artículo 54. No podrá dirigir la investigación ni ejercer la acción penal pública...
- Artículo 55. Son causales de inhabilitación: 1º. Tener el fiscal parte o interés en el...
- Artículo 56. Los fiscales deberán informar por escrito, al superior jerárquico que...
- Artículo 57. Si la declaración de inhabilitación fuere solicitada por una parte en el...
- Artículo 58. La información de oficio sobre la concurrencia de una causal de...
- Artículo 59. Las inhabilitaciones que afecten a un fiscal adjunto serán resueltas por el...
- T I T U L O V
Incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones - Artículo 60. No podrán ser fiscales quienes tengan alguna incapacidad o incompatibilidad...
- Artículo 61. El Fiscal Nacional y los Fiscales Regionales no podrán ser cónyuge o...
- Artículo 62. Las funciones de los fiscales del Ministerio Público son de dedicación...
- Artículo 63. Los fiscales que se desempeñen en el Ministerio Público estarán afectos a...
- Artículo 64. Los fiscales deberán abstenerse de emitir opiniones y dar a conocer...
- Artículo 65. Las incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones de que trata este...
- T I T U L O VI
Normas de personal
PARRAFO 1º
Relaciones estatutarias - Artículo 66. Las relaciones entre el Ministerio Público y quienes se desempeñen en él...
- Artículo 67. Al Fiscal Nacional le corresponde determinar la forma de contratación y...
- Artículo 68. La contratación de los funcionarios que se desempeñen en el Ministerio...
- Artículo 69. Para ingresar al Ministerio Público como funcionario, será necesario cumplir...
- Artículo 70. Los funcionarios del Ministerio Público, salvo aquellos de exclusiva...
- Artículo 71. No se aplicarán al Ministerio Público las disposiciones legales que rigen la...
- PARRAFO 2º
Planta del personal - Artículo 72. La planta del Ministerio Público estará constituida por los siguientes...
- PARRAFO 3°
Remuneraciones - Artículo 73. El Fiscal Nacional tendrá una remuneración equivalente a la del Presidente...
- Artículo 74. Los Fiscales Regionales tendrán una remuneración equivalente a la del...
- Artículo 75. La remuneración del fiscal adjunto que se desempeñe como jefe de fiscalía...
- Artículo 75 BIS. Los fiscales adjuntos que ocupen los grados VIII a VI, inclusive, tendrán un...
- Artículo 75 TER. Los profesionales, los técnicos, los administrativos y los auxiliares, con...
- Artículo 76. La remuneración de los funcionarios del Ministerio Público será determinada...
- Artículo 77. El Fiscal Nacional aplicará el sistema de remuneraciones de acuerdo a...
- PARRAFO 4°
Evaluaciones - Artículo 78. Los fiscales y funcionarios del Ministerio Público serán evaluados de...
- Artículo 79. Anualmente, los Fiscales Regionales serán evaluados por el Fiscal Nacional;...
- Artículo 80. Las evaluaciones servirán de base para determinar los bonos que corresponda...
- PARRAFO 5°
Terminación del contrato de trabajo de los funcionarios - Artículo 81. El contrato de trabajo de los funcionarios del Ministerio Público, que no...
- Artículo 82. Si el contrato de trabajo hubiere estado vigente un año o más y se le...
- Artículo 83. El procedimiento de terminación del contrato de trabajo de los funcionarios,...
- PARRAFO 6º
Normas varias - Artículo 84. Serán aplicables a los funcionarios del Ministerio Público las normas sobre...
- Artículo 85. El Fiscal Nacional y los fiscales regionales podrán determinar la...
- Artículo 86. Las personas que se desempeñen en el Ministerio Público tendrán derecho a...
- T I T U L O VII
Capacitación y perfeccionamiento - Artículo 87. El Fiscal Nacional, por propia iniciativa o a proposición de los Fiscales...
- Artículo 88. En los casos en que la capacitación impida al funcionario desempeñar las...
- Artículo 89. Los fiscales y funcionarios seleccionados o autorizados para seguir cursos...
- T I T U L O VIII
Presupuesto - Artículo 90. El Ministerio Público se sujetará a las normas de la Ley de Administración...
- TÍTULO IX
PLAN INSTITUCIONAL ANUAL - Artículo 91. El Ministerio Público, en el mes de abril de cada año, deberá publicar en su...
Otras regulaciones
Designa al instituto nacional de derechos humanos como el mecanismo nacional de prevención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes Ley que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican Ley general de cooperativas Establece el marco legal para la constitucion y operacion de entidades privadas de deposito y custodia de valores Sobre universidades estatalesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Abogado Manuel Palma
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Buenos días estoy trabajando 7x1 rotativo de 8 horas.. Para el cálculo se puede sacar el total del mes ya que la empresa dice que aveces trabajamos menos en la semana
se actua bajo el supuesto de la infraccion de la ley de transito. lease los articulos 7 y 8 del codigo civil y deje de comentar sobre asuntos en los cuales no tiene conocimiento alguno. saludos.
Si usted es la víctima en causa por VIF y no se presenta a la audiencia preparatoria del juicio hay que distinguir si la causa es penal o en juzgados de familia. Si es en juzgados de familia, la ausencia de la denunciante podrá el tribunal archivar la causa, sin embargo, dependiendo de la gravedad de los hechos denunciados el tribunal decretará medios de prueba de oficio y se continuará con el proceso hasta dictar sentencia, sea condenatoria o absolutoria. Si la causa es penal, la ausencia de la víctima a la audiencia preparatoria no tiene mucha tracendencia, toda vez que es el momento de la víctima haga uso de su derecho a ser oida y el proceso continuará hasta dictar sentencia, sea condenatoria o absolutoria. Pero, en el caso penal, si la víctima no solo no se presenta a esa audiencia, sino que no participará más en el juicio, el Ministerio Público carecerá del medio de prueba más importante para lograr una condena, esto no quiere decir que no podrá probar la acusación, sino que se le hará mucho más difícil.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
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La celebración de matrimonio por mandato es lícito en Chile. Se debe cumplir con las exigencias legales establecidas en el Código Civil y en la ley del Registro Civil. Incluso se puede celebrar matrimonio con mandato de ambos cónyuges, más aún, estando ambos fuera del país.
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la ley de tránsito al señala:
Artículo 156.- Carabineros de Chile e InspectoresFiscales o Municipales podrán retirar los vehículos
abandonados o que se encuentren estacionados sin su
conductor, contraviniendo las disposiciones de esta ley,
enviándolos a los locales que, para tal efecto, debe
habilitar y mantener la Municipalidad.
Esto se interpretaría que se entiende abandonado el vehículo estacionado en infracción de tránsito, es decir, estacionado en lugar prohíbido como la platabanda, costado izquierdo de la calzada, sobre la acera, sobre paso peatonal, a menos de 200 metro de túnel, gradiente, etc.
Así, se puede eliminar el peligro de accidente que significa ese vehículo mal estacionado, finalidad de la señal o demarcación de tránsito, en este caso restrictiva o prohibitiva.
Así las cosas, si el vehículo está estacionado en lugar que lo habilita para ello, podrá pasar años ahí, sin infringir la norma de tránsito, sin perjuicio que se pudieran aplicar otras normas jurídicas para el retiro del vehículo, por ejemplo que se ha vuelto un foco de insalubridad.
Por tanto, el criterio para el retiro del vehículo por abandono es claro; estar estacionado en lugar prohibido y generalmente los inspectores municipales dejan carteles de aviso de retiro con plazos expresos, dando la posibilidad al dueño o poseedor del vehículo lo retire del lugar.
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