Prorroga la vigencia de las licencias de conducir que se indican, hasta el año 2023
Artículo único.
Prorrógase la vigencia de todas las licencias de conducir cuyo control correspondiere realizar durante los años 2020, 2021 y 2022, las cuales se entenderán vigentes hasta el día y mes señalados en la licencia respectiva, del año 2023.