Declárase feriado el día 2 de octubre de 2014, para la comuna de Rancagua, en conmemoración de los doscientos años de la Batalla de Rancagua.
El feriado a que se refiere el inciso precedente será obligatorio e irrenunciable para todos los dependientes del comercio, con las excepciones señaladas en el inciso primero del artículo 2º de la ley Nº 19.973.
Las infracciones a lo dispuesto en el inciso anterior serán sancionadas en la forma prevista en el inciso segundo del mencionado artículo 2º de la ley Nº 19.973.