Crea fondo para la capacitacion y formacion sindical
Artículo 6.
Crea fondo para la capacitacion y formacion sindical Artículo 6 Chile
La asignación de los recursos del Fondo será resuelta por un Consejo Resolutivo integrado por cuatro miembros, quienes actuarán como jurado y adoptarán sus decisiones por la mayoría de sus integrantes.
Los miembros del Consejo Resolutivo durarán cuatro años en sus funciones y no percibirán remuneración alguna en el ejercicio de su cargo.
Chile Art. 6 Crea fondo para la capacitacion y formacion sindical
Los miembros del Consejo Resolutivo durarán cuatro años en sus funciones y no percibirán remuneración alguna en el ejercicio de su cargo.
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