Código del Trabajo
Artículo 183-AC.
Código del Trabajo Artículo 183-AC Chile
En el caso de los trabajadores con discapacidad, el plazo máximo de duración del contrato de puesta a disposición de trabajadores de servicios transitorios establecido en el párrafo segundo del inciso primero del artículo 183-O, será de seis meses renovables.
Chile Art. 183-AC CT
Chile Art. 183-AC CT