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Revalorizacion de pensiones Artículo 15 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Revalorizacion de pensiones
Artículo 15.

La Comisión Revalorizadora tendrá un Secretario que actuará como Ministro de Fe, ejecutará los acuerdos que se adopten y, en general, tendrá a su cargo todo lo relacionado con el manejo administrativo.

El Secretario deberá tener título de Abogado y será nombrado por el Presidente de la República de una terna que le elevará la Comisión.

Dicho funcionario estará afecto a las disposiciones del D. F. L. N° 338, de 1960, y al régimen de previsión de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y su remuneración será fijada, por el Presidente de la República a propuesta de la Comisión.

Todos los gastos por concepto de remuneraciones, imposiciones patronales de previsión y comisiones de servicio del Secretario se harán con cargo al presupuesto de la Superintendencia de Seguridad Social.

El Secretario será subrogado en los casos de ausencia, impedimento o inhabilidad por el funcionario de la Superintendencia de Seguridad Social que designe el Superintendente.

La Comisión Revalorizadora no podrá contratar personal.



Chile Art. 15 Revalorizacion de pensiones
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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