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Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales Artículo 44 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales
Artículo 44.

Modifícase la ley N° 20.996 del modo siguiente:

1. Reemplázase en el inciso primero del artículo 1 la expresión "2024" por la siguiente: "2025".

2. Sustitúyese en el inciso primero del artículo 3 la cantidad "2.870" por la siguiente: "3.420".

3. Sustitúyese en los incisos primero y segundo del artículo 4 la expresión "2024" por "2025".

4. En el inciso primero del artículo 5:

a) Reemplázase la cantidad "2.870" por la siguiente: "3.420".

b) Reemplázase la expresión "año 2024" por la siguiente: "año 2023".

c) Incorpórase a continuación del quinto punto y seguido la oración siguiente: "Para los años 2024 y 2025 se contemplarán 400 y 500 cupos, respectivamente.".



Chile Art. 44 Otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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