Imprimir

Moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del servicio nacional de pesca Artículo 8 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del servicio nacional de pesca
Artículo 8.

Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº 34, de 1931, que Legisla sobre la Industria Pesquera y sus Derivados, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción:

1. Sustitúyese en la letra e) del artículo 27 la expresión "Comercio Exterior" por "Inocuidad y Certificación".

2. En el artículo 29 C:

a) Reemplázase en los encabezados de los incisos primero y segundo la expresión "Comercio Exterior" por "Inocuidad y Certificación".

b) Sustitúyese en las letras d) e i) del inciso segundo la expresión "comercio exterior" por "inocuidad y certificación".

3. En el artículo 32 G:

a) Sustitúyese en el literal e) la expresión ", y" por un punto y coma.

b) Reemplázase en el literal f) el punto y aparte por la expresión ", y".

c) Agrégase la siguiente letra g):

"g) Coordinar el sistema de certificación de la información del desembarque, sea que el Servicio realice esta labor directamente o mediante la contratación de entidades auditoras acreditadas en los casos que la ley lo autorice.".

4. Sustitúyese en la letra b) del artículo 32 K la expresión "Comercio Exterior" por "Inocuidad y Certificación".



Chile Art. 8 Moderniza y fortalece el ejercicio de la función pública del servicio nacional de pesca
Artículo 1 ...6 7 8 9 10

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse