Imprimir

Ley Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses Artículo 32 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Ley Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses
Artículo 32.

La autoridad obligada a constituir un mandato no podrá designar como mandatario a una persona jurídica en la cual dicha autoridad, su cónyuge, conviviente civil o sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad tengan o hayan tenido participación accionaria o patrimonial directa o indirecta, entendiéndose esta última en los términos del artículo 100 de la ley N°18.045, durante el año anterior a su designación.

Tampoco podrá nombrarse como mandatarios a aquellas personas jurídicas cuyos directores o administradores, gerentes o ejecutivos principales, tengan relación de parentesco con la autoridad, su cónyuge, conviviente civil, o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

En el acto de constitución del mandato, el mandatario, debidamente representado, así como la autoridad obligada a su constitución, deberán efectuar una declaración jurada señalando no estar afectos a las relaciones de vinculación, parentesco o dependencia que impidan la celebración válida del contrato, referidas en los incisos anteriores. En caso de pérdida sobreviniente de esta calidad de independiente, el mandante deberá comunicarlo a la Superintendencia respectiva.



Chile Art. 32 Ley Sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses
Artículo 1 ...30 31 32 33 34 ...59

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse